La Federación de Rusia, ha comunicado al MAGRAMA, de acuerdo con los requisitos veterinarios y sanitarios establecidos en la Decisión de la Unión Aduanera nº317 (y las modificaciones introducidas por la Decisión de la UA nº 294), se ha eliminado la exigencia de homologación de las explotaciones y establecimientos avícolas que producen huevos para incubar y/o pollitos de un día autorizados para exportar a la Unión Aduanera, por lo que ya no se requiere la inclusión de las empresas mencionadas en el Registro de establecimientos de terceros países (con independencia de se mantenga publicado en su página web). 
 
De esta manera, la exportación de huevos para incubar y pollitos de un día a los países de la Unión Aduanera puede realizarse amparada por el certificado de exportación correspondiente, así como una autorización expedida por las Autoridades del país de destino al importador, sin exigirse que la empresa productora esté incluida en el listado de autorizadas para exportar a la UA. Asimismo, ha dejado de estar en vigor el Procedimiento de solicitud de autorización de explotaciones y establecimientos interesados en exportar huevos para incubar y/o pollitos de un día a la Unión Aduanera