Restricción de publicidad no deseada (herramientas gratuitas)
Desde AECA os queremos hacer partícipes de esta información recibida de la empresa que presta servicios de RGPD – LOPD a AECA-WPSA. Esperamos que sea de vuestro interés.
Sabemos que en muchas ocasiones las llamadas comerciales y las comunicaciones no solicitadas enviadas de forma masiva (spam) son molestas y constituye una pérdida de tiempo para todos. Por eso os enviamos esta información que creemos puede ser de vuestro interés.
Podemos restringir la publicidad no deseada inscribiéndonos de forma gratuita en un fichero de exclusión publicitaria. Hasta hace unos meses, en España sólo existía uno, denominado “Lista Robinson”, que está gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (ADIGITAL).
Sin embargo, desde hace dos meses, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha autorizado la publicación del sistema de exclusión publicitaria “Lista STOP Publicidad” en su sede electrónica realizada por la Asociación Española para la Privacidad Digital, que pretende ofrecer a los ciudadanos una nueva herramienta para evitar la recepción de publicidad no deseada.
Por tanto, a partir de ahora, y para considerar cumplida la obligación establecida en el art. 23.4 LOPDGDD quienes pretendan realizar comunicaciones de mercadotecnia directa, deberán previamente consultar en la relación publicada por la autoridad de control competente, no solo la “Lista Robinson”, sino también la “Lista STOP Publicidad”, para excluir de dichas comunicaciones los datos de las personas que hubieran manifestado su oposición o negativa al mismo.
Cualquier persona mayor de 14 años puede solicitar su inscripción a la misma a través de su web o incluso solicitar la inscripción de menores de edad, tratándose de su representante legal, para evitar la recepción de esta publicidad no deseada, y evidentemente no solicitada, a través de correo postal, correo electrónico, mensajería instantánea, sms, y/o llamadas telefónicas.
La “Lista Robinson”, no solo nos permite indicar, a través de qué medio o canal (postal o electrónico) no queremos recibir publicidad, sino que incluso vamos a poder indicar de qué sectores no queremos recibirla (telecomunicaciones, automoción, ocio, financiero, formación, ONG,…).
De este modo las organizaciones que pretendan realizar comunicaciones publicitarias deberán previamente consultar estos sistemas de exclusión publicitaria que pudieran afectar a su actuación, excluyendo de la remisión de comunicaciones o llamadas publicitarias a cualquier persona inscrita en la misma y que hubieran manifestado su oposición o negativa a recibirlas. De no hacerlo se pueden enfrentar a reclamaciones por parte del afectado y a importantes sanciones administrativas. Sin embargo, pese a que nos hayamos inscrito, las organizaciones de las que seamos cliente o le hayamos prestado nuestro consentimiento podrían remitirnos publicidad.
Por ejemplo, la inscripción de nuestros datos en la “Lista Robinson” podría evitar las llamadas telefónicas dirigidas a promocionar los productos o servicios de empresas de las que no somos clientes o a las que no hemos prestado nuestro consentimiento para que nos llamen con publicidad. Sólo tendríamos que inscribir los números de teléfono en los que no deseamos recibir publicidad.
Os dejamos enlaces directos y esperamos que esta información haya sido de vuestro interés.
Stop publicidad: https://listastoppublicidad.com/es/home
Lista Robinson: https://www.listarobinson.es/