Los laboratorios participantes en los programas deberán, a efectos de los análisis de las muestras procedentes de los PNC:
Deberán ser establecidos, reconocidos o designados por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.
Deben funcionar y disponer de ensayos acreditados para detección de Salmonella en todas las matrices objeto de control de los PNCS, y acreditados de acuerdo con la norma EN/ISO 17025 de Requisitos Generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración, y aplicar sistemas de aseguramiento de la calidad acordes con la misma.
Así como participar en las pruebas de detección colectivas organizadas o coordinadas por el Laboratorio Nacional de referencia.