La Comisión Europea ha adoptado tres proyectos legislativos sobre clonación animal y nuevos alimentos que reforzarán la seguridad jurídica en este ámbito. 

Dos propuestas prohibir?n el uso de la t?cnica de la clonaci?n para los animales de granja y la importaci?n de clones de estos animales en la UE. Se prohibir? tambi?n la comercializaci?n de alimentos derivados de clones de animales. Estas propuestas tienen por objeto abordar las preocupaciones relativas al bienestar animal y otras cuestiones ?ticas relacionadas con esta t?cnica. 

El proyecto legislativo sobre nuevos alimentos revisa el actual Reglamento sobre nuevos alimentos con vistas a mejorar el acceso de alimentos nuevos e innovadores al mercado de la UE, manteniendo al mismo tiempo un elevado nivel de protecci?n de los consumidores. 

Tonio Borg, Comisario Europeo responsable de la Salud, ha declarado: ?La iniciativa sobre la clonaci?n animal presentada hoy responde de forma realista y viable a las preocupaciones relativas al bienestar de los animales y a la percepci?n que tienen los consumidores de los alimentos derivados de clones de animales. Los cambios sobre los nuevos alimentos crear?n un sistema m?s eficaz que permitir? a los consumidores de la UE gozar de una amplia gama de productos alimenticios y establecer? un entorno favorable para la industria alimentaria europea?. 

Elementos clave en relaci?n con la clonaci?n

En la UE no se efectuar?n clonaciones con fines ganaderos ni se importar?n clones para tales fines mientras persistan las preocupaciones relativas al bienestar animal. 

En el primer proyecto de Directiva se prev? una prohibici?n temporal del uso de la t?cnica de la clonaci?n de animales de granja, as? como de la introducci?n en el mercado de clones de animales y de clones de embriones. En el segundo proyecto de Directiva se garantiza la no introducci?n en el mercado de la UE de alimentos, como la carne o la leche, procedentes de clones de animales. 

No obstante, no se prohibir? la clonaci?n para fines como la investigaci?n, la conservaci?n de razas raras y especies en peligro o el uso de animales para la elaboraci?n de medicamentos y productos sanitarios, si est? justificado el uso de esa t?cnica.

Elementos clave en relaci?n con los nuevos alimentos

De acuerdo con el proyecto de Reglamento, los nuevos alimentos estar?an sujetos a un procedimiento de autorizaci?n centralizado a nivel de la UE, m?s sencillo, claro y eficiente, para que los alimentos seguros e innovadores lleguen m?s r?pidamente al mercado de la UE. 

Generalmente, se entiende por nuevos alimentos los no consumidos en la UE en cantidades significativas antes de mayo de 1997, es decir, antes de la entrada en vigor del actual Reglamento, y, en particular, los producidos con nuevas t?cnicas y tecnolog?as, como los nanomateriales.

Se han elaborado tambi?n disposiciones especiales para los alimentos que no han sido comercializados en la UE pero que llevan tiempo utiliz?ndose de forma segura en terceros pa?ses. Se crea as? un sistema m?s equilibrado y un entorno favorable al comercio. 

La protecci?n de la innovaci?n es tambi?n una caracter?stica del proyecto legislativo. Con el nuevo sistema, en caso de innovaci?n respaldada por nuevos avances cient?ficos, la empresa alimentaria solicitante recibir?a una autorizaci?n de comercializaci?n de cinco a?os antes de que otras empresas pudieran elaborar el mismo producto. 

Pr?ximos pasos

Otras instituciones de la UE, entre ellas el Parlamento Europeo y el Consejo, estudiar?n el proyecto legislativo de la Comisi?n y tomar?n posici?n al respecto a su debido tiempo. En este momento, se calcula que el proyecto legislativo entrar? en vigor como muy pronto en 2016.

Contexto

La clonaci?n animal es una t?cnica relativamente nueva de reproducci?n de animales. La clonaci?n no implica una modificaci?n gen?tica. Un clon no es un OMG. La t?cnica de la clonaci?n no mejora el rendimiento de los animales. No obstante, los criadores pueden desear recurrir a la clonaci?n para aumentar la cantidad de material reproductivo (esperma o embriones) de animales especialmente valiosos.

Actualmente, la clonaci?n no se utiliza para la producci?n de alimentos. En la UE la comercializaci?n de alimentos derivados de clones exigir?a una autorizaci?n previa a la comercializaci?n, de acuerdo con el Reglamento sobre nuevos alimentos, sobre la base de una evaluaci?n cient?fica de la seguridad alimentaria por parte de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Hasta la fecha, ning?n explotador de empresa alimentaria europeo o extranjero ha solicitado una autorizaci?n de comercializaci?n de alimentos producidos mediante la t?cnica de la clonaci?n.

En 2008, la EFSA llev? a cabo una evaluaci?n cient?fica de los riesgos de la clonaci?n y lleg? a la conclusi?n de que no hab?a indicios de que hubiera diferencia alguna en cuanto a seguridad alimentaria entre la carne y la leche de los clones y sus cr?as y las de los animales reproducidos de forma convencional. Este dictamen fue confirmado en 2009, 2010 y 2012.

Los investigadores utilizan la clonaci?n para determinadas investigaciones. El material reproductivo (esperma y embriones) y los alimentos (carne y leche) derivados de estos clones no se introducen en el mercado.


Comisi?n Europea